El magistrado Pablo Mendoza, anterior instructor de la causa abierta contra ´El Brujo´ –presunto mentalista acusado de agredir y abusar sexualmente de al menos dieciséis chicas–, ha exculpado al ex futbolista del Valencia Santiago Cañizares, que declaró como imputado tras ser acusado de abusar de una menor, ante «la insuficiencia de los indicios de criminalidad existentes», informa el Diario de Ibiza en sus páginas de este miércoles.

En un auto de procesamiento dictado el pasado 1 de junio, contra el que cabe recurso, el magistrado sostiene que se produjeron reuniones entre Tomás A. R., conocido como ´El Brujo´, Alberto C. C., también imputado, algunas chicas y terceras personas, entre las que se encontraba Cañizares. «Aunque algunos pudieron finalizar con encuentros sexuales en grupo, por el modo y circunstancias en que habrían tenido lugar, no puede afirmarse que ninguna de estas otras personas [en relación a esas terceras personas] fueran conocedoras de la situación de dependencia en la que se encontraban las denunciantes respecto de Tomás, más teniendo en cuenta que todas eran mayores de edad o estaban muy próximas a alcanzarla», dice.

En total, fueron cinco las jóvenes que mencionaron al ex guardameta en sus declaraciones, bien por haber mantenido relaciones sexuales con él, bien por que éste hubiera participado en encuentros en grupo en los que ellas también hubieran estado. De todas, sólo una aseguró que era menor de edad cuando tuvo relaciones con Cañizares, algo que según dijo ocurrió en dos ocasiones.

Sólo uno de los representantes legales de las cuatro primeras jóvenes mayores de edad solicitó la imputación del ex futbolista de la selección española al considerar que aprovechó «la situación de abuso de poder, manipulación mental y engaño» a la que estaba sometida su representada para usarla «como mero objeto sexual» y tener «acceso carnal» con ella. Sin embargo, Mendoza acordó que compareciera como testigo por varios motivos: primero, porque de acuerdo con las declaraciones de las chicas, éstas dudaban de que Cañizares pudiera encontrarse en la misma situación de dependencia que ellas respecto a ´El Brujo´; segundo porque las jóvenes eran mayores de edad, con lo que se les supone mayor capacidad de juicio; tercero, porque estima «extraño» que quien tiene otras maneras de obtener relaciones sexuales, por su fama y notoriedad pública, acuda a «mecanismos tan complejos» como éste.

Sin embargo, después de que la última joven denunciara haber tenido dos encuentros con él siendo menor de edad, se imputó al ex guardameta, quien prestó declaración ante el instructor el pasado 29 de septiembre en los juzgados de Ibiza. En esta comparecencia, negó con rotundidad cualquier encuentro sexual aunque «reconoció extremos que no admitió en un primer momento». Asimismo, en el careo posterior con la denunciante, ésta afirmó que no quería denunciar a Cañizares y que sólo dio su nombre para explicar todo lo sucedido. Además, según el juez, no pudo aportar «datos objetivos» que evidenciaran que el ex guardameta «estaba en la misma relación de superioridad que Tomás y no en el mismo plano que ellas». En este sentido, el juez recuerda que ´El Brujo´ presumía entre las chicas de que ayudaba a futbolistas, entre ellos el ex portero del Valencia, quien admitió «que le dio consejos ocasionales a nivel profesional y personal».

Aunque otro abogado ha presentado escritos posteriores relativos a que Cañizares era consciente de la situación de dependencia de las víctimas respecto a ´El Brujo´, el juez considera que no hay datos objetivos que permitan asegurar «con un mínimo de certeza» que conocía esa situación de sometimiento y se aprovechara de ellas.

Por todos estos argumentos, afirma que no corresponde declarar «procesado» a Santiago Cañizares. Pese a ello, considera que no procede el sobreseimiento libre parcial pedido por su defensa porque éste habría de dictarse en la fase intermedia del procedimiento, a la que todavía no han llegado.