El pago de una multa de 1.200 euros y ocho meses de retirada del permiso de conducción. Ésta es la pena a la que ha sido condenado el jugador del Celta Fabián Orellana como autor de un delito contra la seguridad vial, concretamente en su modalidad de conducir con exceso de velocidad, según confirmaron fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El futbolista, según ha podido saber FARO, compareció ayer por la mañana en el Juzgado de Instrucción número 4 de Vigo -que se encuentra en funciones de guardia esta semana-, sala donde se celebró el juicio rápido que derivó en esta condena. Estaba acompañado del director general del club, Antonio Chaves Escalante, abogado de profesión, así como de un procurador.

Poco ha trascendido de las circunstancias del caso. El futbolista circulaba en una zona urbana a una velocidad superior a la permitida, si bien las fuentes consultadas no concretaron ni la velocidad exacta a la que fue sorprendido ni el lugar. El delito contra la seguridad vial por circular por encima de los límites permitidos está regulado en el artículo 379 del Código Penal, que prevé penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, así como la privación del carné, para el que "condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente". Según este texto, en un tramo urbano con velocidad limitada a 50, sería delito a partir de 110.

La conformidad de un investigado en un juicio rápido supone una reducción de la pena solicitada inicialmente por la Fiscalía. La presencia de Orellana en los juzgados no pasó inadvertida entre usuarios de estas dependencias. Tras el juicio rápido, abandonó el edificio nuevo de la calle Lalín en torno a las once de la mañana.