La Liga de Fútbol Profesional (LFP) ha anunciado a través de un comunicado que enviará a la Comisión Antiviolencia informes de cinco partidos de Primera para que, si lo considera oportunos, sean remitidos al Comité de Competición.

Del Granada-Valencia reseña cánticos contra el delantero valencianista Álvaro Negredo ("Negredo maricón").

Según lo dispuesto en el artículo 2.1 c) y 2.2 d) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte se consideran "Actos o conductas violentas o que incitan a la violencia en el deporte:

c) La entonación de cánticos que inciten a la violencia, al terrorismo o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. Igualmente, aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo".

Así mismo, se entiende por "Actos racistas, xenófobos o intolerantes en el deporte:

d) La entonación, en los recintos deportivos con motivo de la celebración de actos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos en los que se puedan desplazar a los mismos, de cánticos, sonidos o consignas así como la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales, que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios, para cualquier persona por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, por la religión, las convicciones, su discapacidad, edad, sexo u orientación sexual, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución".