Cada vez más ciberdelincuentes intentan acceder a los secretos de tu empresa, llegando a acuerdos con los propios empleados. En casos semejantes, ¿cómo pueden los jefes ponerse a salvo de este peligro? ¿Permite la ley controlar las comunicaciones y lo que hacen los trabajadores durante sus horas laborales? Pilar Rodríguez, Fiscal Especialista de Criminalidad Informática, explicó en el evento Cyber One for PYMES qué medidas de vigilancia tienes derecho a implantar en tu compañía, cuándo te servirán para justificar un despido y en qué casos conseguirás que un tribunal condene al traidor.

En estos casos, los empleados pueden recibir un pago bastante cuantioso a cambio de facilitar a estos delincuentes datos confidenciales. En otras ocasiones, son los propios trabajadores los que crean su propia red de negocio ofreciendo información de la empresa a cambio de dinero.

Rodríguez, Fiscal de la Unidad de Criminalidad Informática de la Fiscalía General del Estado, distingue entre la parcela laboral y la penal. En el ámbito laboral, "el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores dice que los empresarios pueden establecer medidas de vigilancia y control siempre que no afecten a la dignidad de los empleados". Los tribunales han interpretado que "el empleador tiene que explicar de manera inequívoca cuáles son las normas de uso de los dispositivos electrónicos, qué medidas de control se van a instaurar y qué se va a hacer con la información que se obtenga de la monitorización del uso de los dispositivos electrónicos". Es decir, que como empresario puedes acceder a las comunicaciones de tus empleados si les has advertido previamente de cómo las vas a supervisar.

"El Tribunal Constitucional ha avalado esta interpretación del Supremo, pero añade que basta con que la prohibición de utilizar un dispositivo electrónico para asuntos personales aparezca en un convenio colectivo, para que el empleado no tenga expectativa legítima de privacidad", cuenta Rodríguez. Así, si el convenio colectivo lo refleja, una actividad ilegítima con el dispositivo puede ser el fundamento de un despido.

Pero las cosas se complican si nos referimos a la vía penal, y pretendemos demostrar que el empleado ha cometido una acción constitutiva de delito por la que puede ser condenado. "Una sentencia reciente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo indica que no basta con que el empresario haya advertido al trabajador de que va a vigilar sus comunicaciones. El acceso a éstas tiene que haber sido autorizado por un juez". Es un requisito que el empresario haya puesto la correspondiente denuncia y haya solicitado autorización judicial. No obstante, "estamos esperando una segunda sentencia que confirme este parecer de la Sala Segunda", explica la fiscal.

¿Y qué dice la ley del uso de cámaras de videovigilancia, las balizas y la grabación de sonido? "Un Tribunal Superior de Justicia ya ha avalado que si hay sospecha se puede grabar para acreditar que se está cometiendo un ilícito", recuerda la fiscal Rodríguez. Sin embargo, su uso solo está permitido en casos excepcionales, con las condiciones de que las imágenes se tomen durante un corto periodo de tiempo y las cámaras estén instaladas en puntos estratégicos del recinto de la empresa -por ejemplo, las cajas de un supermercado-. En cuanto a la grabación de sonido, es indispensable la autorización judicial si lo que pretendemos es presentarla como prueba. Finalmente, la fiscal considera que "una baliza entraría dentro de las medidas que un empleador puede usar para un tiempo determinado por desplazamientos concretos, respetando la proporcionalidad en la medida que se establece".

No obstante, si todavía te queda duda, puedes recurrir al fiscal especialista en Criminalidad Informática de tu provincia, una de las unidades especializadas con las que la Fiscalía General del Estado cuenta. "El fiscal tendrá obligación de atenderos, no dudéis en acudir a él", asegura Pilar Rodríguez. También puedes enviar tus consultas a través de la web de la Fiscalía General del Estado.

Qué está haciendo Volkswagen con los 'chivatos' sobre su escándalo de emisiones

La firma automovilística alemana ha concedido a sus empleados un plazo hasta el 30 de noviembre para revelar cualquier información de interés sobre la manipulación del software de millones de vehículos para maquillas las cifras de emisiones en sus motores TDI. A cambio de sus confesiones, Volkswagen les promete inmunidad personal y la garantía de que no serán despedidos, según informa el diario Münich Süeddeutsche Zeitung. Eso sí, a continuación, si la auditoría interna de las empresas Deloitte y Jones Day demuestran responsabilidades de empleados concretos en el caso, Volkswagen actuaría contra ellos. Además, no pueden acogerse a esta amnistía los miembros del Consejo de Administración ni las personas inmediatamente por debajo de ellos en el organigrama.

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