El pasado 6 de octubre se aprobó en Consejo de Ministros el nuevo bono social eléctrico (un descuento en la factura eléctrica al que pueden acogerse los consumidores domésticos según su nivel de renta y determinadas circunstancias personales). Entre las novedades que incluye, se encuentran las figuras del consumidor vulnerable y del vulnerable severo. La pertenencia a uno u otro grupo viene regulada por los niveles de renta y otras características.

¿Cómo se qué tipo de consumidor soy?

Consumidor vulnerable. A este grupo pertenecen aquellos consumidores con una renta igual o inferior a 14 pagas de 806 euros, 1.074 en caso de tener un hijo a su cargo y 1.343 si tiene dos menores bajo su responsabilidad. Dichas cantidades serán ampliables si algún miembro de la familia presenta una discapacidad igual o superior al 33% o es víctima de violencia de género o terrorismo. Este tipo de consumidor se beneficiará del 25% de descuento.

Consumidor vulnerable severo. En este grupo estarán incluidas aquellas personas cuyos ingresos no alcancen el 50% de los umbrales fijados para el consumidor vulnerable. En este caso, el descuento aplicado será del 40%, ampliable hasta el 50% si se encuentra en riesgo de exclusión o atendido por los servicios sociales.

Otras novedades importantes

Los consumidores vulnerables y vulnerables severos no son los únicos con potestad para beneficiarse del nuevo bono. Las familias numerosas y los pensionistas con retribución mínima podrán solicitarlo de igual manera.

Procedimiento en caso de impago. En caso de impago, las compañías comercializadoras no podrán cortar la luz a aquellas personas que se encuentren en riesgo de exclusión social. El resto de consumidores contará con un plazo de entre dos y cuatro meses antes de quedarse sin luz.

Este nuevo bono es válido durante un período de dos años -en caso de no perder alguno de los requisitos que se piden- con posibilidad de solicitar una renovación del mismo hasta 2 semanas antes de la fecha de vencimiento.