El Tribunal Supremo ha considerado válido el contrato por el que una entidad recalculaba la cláusula suelo de una hipoteca a cambio de que el cliente renunciara a acciones legales, al considerar que ambas partes hicieron concesiones y que el consumidor era consciente de ello.

En la sentencia conocida hoy, la sala de lo Civil estima el recurso de Ibercaja, que accedió a rebajar el suelo del 4,5 % inicial al 2,25 %, ante la posibilidad de que el cliente pudiera cuestionar las condiciones de la hipoteca por la vía judicial por falta de transparencia, lo que hubiera implicado su nulidad por abusiva.

El fallo, que cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Javier Orduña, partidario de declarar la "nulidad absoluta de una práctica bancaria que vulnera los derechos de los consumidores", destaca que los usuarios "manifestaron de forma manuscrita su conformidad", lo que muestra que el banco actuó diligentemente.

Al respecto, insiste en que este contrato "de transacción", cumplió con las exigencias de transparencia hasta el punto de que los clientes conocían los términos de la transacción y las implicaciones económicas y jurídicas que conllevaban.

Asimismo, remite al Plan de Urgencia aprobado por el Gobierno en enero de 2017, apenas un mes después que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconociera la total retroactividad de los "suelos" abusivos, y que prevé la posibilidad de que entidad y cliente alcancen un acuerdo sin tener que llegar a juicio.