Como presentar la declaración de la Renta 2021 sin la ayuda de un gestor y cuándo se resuelve

El simulador de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria ya te permite conocer el borrador y saber si te sale a pagar o a devolver

Tutorial: Así se hace la Declaración de la Renta Online en cómodos pasos y sin gestor

Agencia Tributaria

A partir de este miércoles, 6 de abril de 2022, ya es posible realizar y presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2021 en España. Y atención, lo puedes hacer de manera online a través del programa facilitado por la Agencia Tributaria sin la ayuda de un gestor, hecho que te permitirá ahorrarte sus honorarios.

Por lo pronto, mediante el simulador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria puedes conocer el borrador que te dirá si debes pagar o devolver, que a fin de cuentas es lo que realmente le interesa a la mayoría de la población.

Seguramente cada año tengas la misma historia. ¿La hago yo o voy a un gestor para que me la hagan a cambio de despreocuparte pagando la correspondiente tarifa?

Las claves de la Declaración de la Renta 2021

Si eres de los que prefieres que te la hagan, pero en lugar de un gestor privado deseas la ayuda de un gestor de Hacienda tendrás que esperar a los meses de mayo o junio.

Fechas para presentar telefónicamente la Renta

En este caso, podrás realizarla por teléfono a partir del 5 de mayo y desde el 1 de junio de forma presencial en las oficinas de la AEAT.

La clave para hacerla en casa es utilizar la web oficial de la Agencia Tributaria para resolver pronto el trámite.

¿Cómo hacer la Declaración de la Renta online?

Es sencillo. Si no es una declaración completa, con el borrador de la Renta y con todos tus datos a mano es bastante sencillo y fácil.

Podrás hacerlo desde el sistema 'Renta Web' desde el 6 de abril. Siempre será necesario disponer del certificado o DNI electrónico; Cl@ve PIN o el número de referencia.

Realizar la Declaración de la Renta online: Paso a Paso

Este es el tutorial que la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los ciudadanos:

"La primera vez que accedas a Renta WEB para confeccionar tu declaración, se mostrará la pantalla de "Datos identificativos" para que los verifiques y completes, si fuera necesario. La información relativa al estado civil y si tienes hijos menores de edad o incapacitados judicialmente sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada no podrá ser modificada posteriormente. Si necesitas modificar esa información, tendrás que dar de alta una nueva declaración cuando accedas nuevamente al servicio "Renta WEB".

Tras pulsar "Aceptar" en la ventana de "Datos identificativos", se mostrará un aviso solicitando autorización para enviar información general a tu correo electrónico y/o a tu teléfono móvil. Para autorizar este servicio, pulsa "Sí". En caso contrario, pulsa "No" y accederás a la siguiente ventana.

En el caso de que, para el traslado de los datos fiscales, sea necesaria información adicional de algún tipo, se mostrará un aviso indicándolo y la pantalla de datos trasladables con información adicional.

Si existen datos fiscales que no hayan podido ser incorporados por falta de información o por otro motivo, se mostrará un aviso indicándolo. Para comprobar los datos que se han trasladado y los que no se han trasladado, pulsa sobre el botón "Ver datos trasladados".

Si no tienes que incorporar información adicional para trasladar otros datos fiscales no incluidos inicialmente en la declaración, accederás directamente al "Resumen de declaraciones", donde podrás comprobar el resultado de sus declaraciones, según los datos iniciales que se han incorporado.

En la barra superior de opciones dispones de dos botones de ayuda que pueden resultar útiles a la hora de resolver dudas relacionadas con la cumplimentación o presentación de la declaración. El icono de la cámara enlaza con los vídeos tutoriales de Renta WEB y el botón de "Ayuda" con el manual de ayuda a la presentación en formato HTML.

Comprueba el resultado de la declaración para cada modalidad calculada y si estás conforme con el resultado, podrás presentarla desde esta misma ventana. Si, por el contrario, quieres añadir más datos, puedes completar la declaración utilizando el botón "Continuar con la declaración" o acceder a la misma desde los hipervínculos numéricos de cada concepto en el "Resumen de declaraciones".

Para seguir trabajando con tu declaración, puedes usar los comandos con flechas para navegar entre las páginas o utilizar la opción "Apartados", para acceder cómodamente a las distintas secciones de la declaración.

También dispones de la opción "Buscar casilla", que se encuentra en el icono de la "lupa", que te ayudará a localizar una casilla concreta o un concepto de la declaración. Busca por "Número de casilla" o por "Concepto", selecciona entre los resultados obtenidos y pulsa "Ir a la página".

Si tienes dudas respecto dónde introducir una deducción o un rendimiento concreto, puedes consultar los manuales publicados en el portal de Renta".

¿Cuándo cobro o pago por la Declaración?

La Agencia Tributaria tiene seis meses para hacer el abono y el contribuyente puede fraccionar el pago en dos veces en caso de tener que pagar.

Si te toca pagar, los dos plazos son los siguientes:

  • Primero: Máximo, hasta el 30 de diciembre
  • Segundo: Antes del 25 de junio o del 5 de noviembre para el pago fraccionado