Nueva norma DGT: Los documentos que sí y que no debes llevar en el vehículo para evitar multas

La nueva Ley de Tráfico ha llegado con nuevas multas y con el endurecimiento de las sanciones

Control de policía

Control de policía / SD

La Dirección General de Tráfico (DGT en adelante) sigue trabajando con mucha seriedad y rigor para seguir aumentando año tras año la seguridad de tanto los conductores como de los peatones. La triste realidad es que, hoy por hoy, en España las cifras de mortalidad siguen siendo muy altas y pese a las medidas que se han ido implantando estos años, en 2022 todavía se notificaron 1145 fallecidos, un cinco por ciento más que el año anterior tal y como publicó SPORT.

Acabar con este despropósito de fallecidos es el objetivo primordial en base al que se reformó recientemente la Ley de Tráfico. Y tal y como ha notificado tras comprobar el Ministerio de Interior, una de las estrategias más óptimas para conseguir bajar el porcentaje de accidentes son las sanciones económicas. Las multas que, además, en algunos momentos ocasionan pérdida de puntos del carné de conducir.

La preocupación máxima de los conductores en España

Lamentablemente la preocupación máxima de los conductores en las carreteras de España no es el temor a sufrir un accidente y perder la vida. Más bien, los conductores se andan con ojo para no excederse de velocidad y evitar multas que en ocasiones llevan incluso a la pérdida del propio permiso de conducción. Muchos conductores desconocen que se están exponiendo a otras multas por descuidar algunos aspectos a la hora de ponerse a circular.

Nuevas multas de la DGT

La nueva Ley de Tráfico ha llegado con nuevas multas y con el endurecimiento de las sanciones. Eso sí, el baremo de las infracciones se mantiene igual y diferencia entre multas leves, con multa de hasta 100 euros, y otras gaves con multa de 200 euros. Luego ya están las muy granves, con multa de 500 euros.

Ejemplos de multas muy graves (multa de 500 euros)

  • Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir.
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes
  • Incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.

Ejemplos de multas graves (multa de 200 euros)

  • Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas
  • Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. En otras palabras, basta simplemente con tenerlos.
  • Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar
  • Que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco.

Ejemplos de multas leves (multa de 100 euros)

  • Incumplir la obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo.
  • Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.

Los tres documentos

Hay una serie de documentos que obligatoriamente debes llevar en el vehículo, y ninguno de ellos es la póliza de seguro ni el recibo del pago, que desde 2008 ya no figuran entre las exigidas por la DGT al conductor.

En concreto son tres: el permiso de circulación y de conducir y la tarjeta de la ITV. Solo uno de estos tres no hará falta que lo portes físicamente. De acuerdo a la nueva ley, el carné de conducir puedes cargarlo en tu móvil a través de la app miDGT.