Conducción

Las claves de la nueva ley 'Rider' aprobada por el Gobierno

Las plataformas de reparto tienen un plazo de tres meses para contratar a los 'riders'

Las claves de la nueva ley 'Rider' aprobada por el Gobierno

Las claves de la nueva ley 'Rider' aprobada por el Gobierno / NEOMotor

Marina Baranova

Si hace poco te contamos cuál fue el último toque de atención desde la DGT a los ciclistas durante un encuentro digital en el que Pere Navarro, el director general de Tráfico, afirmó que "ya toca hablar de derechos y también de obligaciones", refiriéndose a los ciclistas; ahora ha llegado el momento de hablar de la ley 'Rider', una norma que está creando una gran polémica en los últimos meses y que también afecta a los repartidores que circulan en bicicleta. El Gobierno aprobó el pasado martes 11 de mayo en el Consejo de Ministros el Real Decreto-Ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales, como Deliveroo, Just Eat, Uber Eats, Glovo o Stuart. La conocida como ley 'Rider' obligará a contratar a estos trabajadores en un plazo máximo de tres meses, por lo que dejarán de ser autónomos a partir de agosto de 2021. Esta ley ha sido aprobada tras varios meses de duras negociaciones por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO, UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME. El texto acordado en el mes de marzo por todos estos agentes sociales modifica dos aspectos del Estatuto de los Trabajadores. En primer lugar, se reconoce la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier tipo de producto o mercancía a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital. Por ello, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, todos los repartidores cotizarán y contarán con todos los derechos que corresponden a un trabajador: vacaciones pagadas, prestación por desempleo, descansos, etc. Un repartidor en bicicleta de la plataforma digital Glovo | Foto: Glovo Cabe destacar que Just Eat es la única compañía que mantiene una relación de laboralidad con la mayoría de sus empleados; el resto de plataformas digitales deberán adaptarse a la nueva norma y contratar a sus empleados si quieren cumplir con la ley en el plazo establecido de tres meses. En segundo lugar, la nueva ley 'Rider' reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la propia empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles. ¿Cuándo entra en vigor la ley 'Rider'? Como hemos comentado al principio del artículo, el Real Decreto-Ley establece un periodo de tres meses para la entrada en vigor de la ley 'Rider' con el objetivo de posibilitar el conocimiento material de la norma y la adopción de las medidas necesarias para su aplicación. Por ello, hasta el 12 de agosto de 2021 no estará vigente. ¿Qué piensan los repartidores de la ley 'Rider'? La realidad es que no hay unanimidad en el colectivo de repartidores. Es cierto que el hecho de convertirse en asalariados es un gran logro para muchas organizaciones de repartidores. No obstante, una gran parte de estos trabajadores pide no modificar la legislación. Es más, el mismo día que se aprobó la ley 'Rider' en el Consejo de Ministros, las organizaciones Repartidores Unidos y APRA convocaron manifestaciones en nueve ciudades españolas (Madrid, Barcelona, Valencia, Alicante, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Gijón y Palma de Mallorca) para protestar contra la modificación del Real-Decreto-Ley al entender que estas nuevas medidas podrían dejar a más de 15.000 repartidores sin trabajo. Leer Más +