Juicio

Condenada a 25 años de prisión la mujer que asesinó a su marido discapacitado en Godelleta

El juez no le impone la prisión permanente revisable al considerar que la especial vulnerabilidad de la víctima por su enfermedad degenerativa ya es apreciada en la alevosía

Beatriu F. C., la conocida como viuda negra de Godelleta, declarada culpable de estrangular a su marido, con una enfermedad degenerativa, en diciembre de 2019 y enterrar su cuerpo en una fosa de Godelleta, elude finalmente la prisión permanente revisable pese al contundente veredicto de culpabilidad del jurado popular, que declarara probados uno a uno todos los hechos del relato del fiscal, quien junto a la acusación particular solicitaba la mayor pena que contempla el Código Penal español al tratarse de un asesinato de víctima especialmente vulnerable por su discapacidad.

La Audiencia Provincial de Valencia le impone 25 años de prisión y rechaza aplicarle la citada prisión permanente revisable, solicitada por las acusaciones, al esgrimir que ya se tiene en cuenta la especial vulnerabilidad de la víctima al apreciar la circunstancia de alevosía en la conducta de la acusada y por lo tanto calificar el delito de asesinato y no homicidio.

Si bien el magistrado entiende que está totalmente acreditada la situación de vulnerabilidad e indefensión de Isaac Guillén Torrijos, esta circunstancia - iba en silla de ruedas y padecía ataxia cerebelosa – no puede ser valorada por partida doble.

“La situación de desvalimiento o vulnerabilidad de la víctima por razón de su enfermedad, visto los términos del veredicto, integra de modo inescindible la situación de indefensión, que posibilita la estimación de la alevosía”, razona el juzgador, según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

En ese sentido, una vez apreciada la alevosía que eleva de homicidio a asesinato el crimen cometido, “no se puede volver a valorar esa vulnerabilidad en evitación de una doble ponderación de la situación de indefensión, con quiebra del principio non bis in idem”, agrega el ponente.

El fallecido, un expolicía local de Catarroja de 45 años, padecía una enfermedad degenerativa del sistema nervioso que le obligaba a depender de terceras personas para sus necesidades vitales y a moverse en una silla de ruedas.

En los últimos meses de 2019, tal y como declaró probado el jurado en su veredicto, la acusada decidió matar a su marido, con el que se había casado en 2017, y ocultar su muerte. De este modo, preparó un plan que incluía el alquiler de una parcela rústica vallada y cerrada en la localidad de Godelleta donde mandó excavar una fosa.

Ya el 1 de diciembre de 2019, acompañado por su hijo, condenado por un juzgado de Menores por un delito de auxilio al suicidio, trasladó a la víctima en un vehículo a Xirivella y después a Paiporta, donde entregó a un familiar su propio teléfono móvil y el de su hijo.

A continuación, los tres se desplazaron a la parcela de Godelleta, donde la ahora condenada aparcó el coche, cerca de la fosa excavada, y dejó encerrado en él a su esposo con una bombona de gas con la espita abierta a fin de matarle por asfixia.

Pasado un tiempo, al comprobar que seguía con vida, la mujer cogió un cordón de una zapatilla y le estranguló hasta causarle la muerte, según el relato de hechos probados de la sentencia. Durante el estrangulamiento, el hombre llegó a revolverse contra la agresora, que le propinó diversos golpes, e intentó defenderse para impedir su muerte, aunque no tenía posibilidad real de oponer resistencia alguna por su “imposibilidad física y desvalimiento”, precisa la resolución judicial.

Una vez perpetrado el crimen, la condenada sacó el cadáver del vehículo y, con la ayuda de su hijo, lo enterró en la fosa y arrojó sobre él sosa cáustica y otros productos químicos para disolverlo.

Cuatro días después, el 5 de diciembre, interpuso una denuncia ante la Policía en la que manifestó que no sabía nada de su marido desde la tarde del día 1. Igualmente, durante ese mes, envió mensajes de texto desde el móvil del fallecido a sí misma y a amigos y familiares en los que se hacía pasar por Isaac para decir que estaba bien y pedir que no lo buscaran.

El cuerpo sin vida de la víctima fue descubierto finalmente el 16 de junio de 2020. La intención de la ahora condenada era tratar de simular una muerte pactada por su marido y que ella simplemente le ayudó a llevar a cabo su deseo de morir.

El Presidente del Tribunal del Jurado considera a la acusada autora de un delito de asesinato con la agravante de parentesco por el que le impone la pena de 25 años de prisión, el máximo previsto en el artículo 139.1 del Código Penal, tras tener en cuenta “la notable gravedad de los hechos” y la forma en que se ejecutaron.

La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, fija indemnizaciones por un importe total de 285.000 euros para dos hijos menores del fallecido fruto de una anterior relación.