Homofobia

Confirmada una sentencia de 30 meses de cárcel a un hombre que amenazó a dos homosexuales en Badalona

Los denunciantes explicaron que, además de insultarles, les amenazaron con una navaja y les dijeron que los iban a "matar"

Àlex Rebollo

La Audiencia Provincial de Barcelona ha confirmado una sentencia de treinta meses de cárcel a un hombre por dos delitos de amenazas con discriminación por orientación sexual, tras intimidar a dos personas homosexuales en Badalona (Barcelonès).

Los hechos se remontan a abril de 2021 y, según relata la primera sentencia, el condenado paseaba en patinete y en compañía de un menor de edad por la Rambla de Badalona, donde se cruzaron con dos hombres que paseaban “cogidos de la mano”.

Entonces, el texto considera como hechos probados que el acusado, “con clara intención de amedrentarlos y movido por el desprecio que les inspiraba la orientación sexual de la pareja homosexual”, se acercó a ellos y les espetó: “Putos maricones de mierda, perdéis aceite”.

Así, la pareja recriminó al hombre estos hechos y, acompañado del menor, volvió hacia la pareja y les dijo: “¿Qué has dicho maricón de mierda, sus vamos a rajar la cara y el culo”. La resolución explica que el menor acompañante exhibió entonces “una navaja” y que la puso en el pecho de las víctimas. El conflicto todavía tuvo un último apartado, dado que cuando los protagonistas abandonaban el lugar volvieron a espetarles que los “iban a encontrar y los iban a matar”.

Tras ello, la pareja acudió a una dotación de la Guardia Urbana de Badalona y a partir de la descripción que les facilitaron, los dos agresores fueron detenidos y la navaja intervenida.

Desestimación del recurso

En su recurso, la defensa del acusado esgrimió que los hechos no ocurrieron tal y como narraron las víctimas y defendió que ese día el acusado estaba paseando en patinete junto con el menor cuando la pareja denunciante les reprochó que fueran en patinete “muy cerca de ellos”. Así, considera que su cliente “no sacó la navaja ni la exhibió”.

Además, en su recurso considera que “no existe un contexto marcado por razón de orientación sexual” porque “no usa de forma peyorativa la palabra maricón” y añade que ambas partes se profirieron “expresiones que tenían intención de herirse verbalmente” y que los denunciantes les llamaron “gitanos de mierda”.

Sin embargo, la Audienca Provincial de Barcelona estima que existe prueba de cargo suficiente “para concluir que los hechos ocurrieron como se narra en los hechos probados”, anteriormente narrados.

La sentencia añade que la versión de los denunciantes viene también corroborada por la existencia de la navaja denunciada. “Tal navaja fue encontrada en el momento de la detención. Ese hecho corrobora que los denunciados sacaron la navaja, porque de lo contrario difícilmente lo iban a saber los denunciantes”, dice el texto.

Además, la sentencia remarca que las expresiones como “maricones de mierda, perdéis aceite” o “¿qué has dicho maricón de mierda, sus vamos a rajar la cara y el culo” no forman parte de un discurso en el que se usa la palabra “maricón” en tono “amigable” o “jocoso”, como indicó la defensa, si no que se trata de “un desprecio hacia una orientación sexual, por el mero hecho de que andaban cogidos de la mano”.

Contra esta resolución de la Audiencia de Barcelona todavía cabe la posibilidad de interponer recurso.