Una resolución de la FIFA contra el Benfica provocada por la actuación de Meriton Capital expone al Valencia CF a ser sancionado y puede llegar a obstaculizar el plan de Peter Lim para recuperar los 54,5 millones prestados al club con la garantía de ocho jugadores del primer equipo. El contenido de los préstamos de Meriton Holdings al Valencia CF con la garantía sobre los derechos económicos de futbolistas del club de Mestalla podría ser requerida por parte de los accionistas de la entidad, o hasta por la propia FIFA, para verificar que no se limita la independencia del Valencia en la actuación futura sobre los jugadores en los que recae la garantía. En la última Junta de Accionistas, el presidente del club, Anil Murthy, confirmó que el máximo accionista Peter Lim está dispuesto a ejecutar dichas garantías.

Todas las posibilidades se abren a partir de una resolución del Comité Disciplinario de la FIFA contra el Benfica a causa del contrato que firmó con Meriton Capital el 31 de enero de 2014 para quedarse con los derechos económicos del delantero Rodrigo Moreno por 30 millones de euros, que medio año después recalaría en el Valencia. Según ha podido documentar Levante-EMV, el departamento de Compliance TMS de la FIFA abrió una investigación de oficio que derivó en una sanción el 1 de marzo de 2018, confirmada en segunda instancia el 12 de abril de 2019 y que ahora queda pendiente de resolución por parte del TAS. El máximo organismo del fútbol mundial considera que en dicho acuerdo Meriton Capital vulneró la independencia del Benfica para actuar libremente en el mercado y que accedió a información privilegiada de la entidad, contraviniendo hasta en 13 cláusulas el RETJ (Reglamento Estatuto de Transferencia de Jugadores de la FIFA).

La FIFA sanciona al Benfica porque únicamente tiene potestad disciplinaria sobre sus miembros (los clubes, técnicos y jugadores que conforman cada Federación), pero no tiene autoridad para sancionar a una sociedad mercantil tercera. En este caso, Meriton Capital es la que expuso al club lisboeta al castigo por redactar un contrato que fricciona con el artículo 18 bis del Reglamento, por el que el ningún tercero puede influir en las decisiones de los clubes respecto a un jugador. La sanción es irrisoria desde el punto de vista económico, 75.000 francos suizos, pero es de relevancia al discutir los mecanismos de Meriton Capital a la hora de proteger sus intereses y controlar los derechos económicos de futbolistas, con repercusión directa en el actual Valencia CF, con la posibilidad de que las ventas del próximo verano vayan destinadas a Meriton Holdings.

Según consta en la decisión del comité de Apelación, compuesto por el sueco Thomas Bodstrom, el catarí Salman Al Ansari y la rusa Larissa Zakharova, el contrato con Rodrigo contenía cláusulas que concedían a Meriton Capital una influencia indebida en la relación del Benfica con el futbolista hispano-brasileño y con su capacidad de decisión en materia laboral y de transferencia. La contravención de la normativa vendría de las cláusulas 2.1, 2.2, 2.3, 4.1, 4.3, 4.4, 4.5, 5.1, 5.4, 6.1, 6.2, 7.1 y 12.3, relativas a tres aspectos: el contrato de trabajo, de aspecto menor, y sobre todo al derecho de información específica de Meriton Capital y a la potencial transferencia del futbolista, actualmente en las filas del Leeds United.

El contrato de Rodrigo Moreno

Los puntos básicos del contrato de Meriton Capital con el Benfica para obtener los derechos económicos de Rodrigo se concentraban en el pago de 30 millones (divididos en tres pagos de 10 millones cada uno en enero, junio y diciembre), más otros diez en variables que no se dieron (5 en el caso de que Rodrigo marcase 30 goles en las temporadas 14/15 y 15/16 y 5 más si era nombrado entre los tres mejores futbolistas del ranking FIFA.

En las cláusulas 4, 5 y 6 Meriton Capital establecía apartados relativos al derecho de información, que levantaron las sospechas de la FIFA. En su escrito, el máximo organismo censura que «un club totalmente independiente no estaría obligado a informar a ninguna otra entidad, como Meriton, de las ofertas de transferencia que ha recibido con respecto a un jugador», como obligaba la cláusula 4.1. Del mismo modo, «un club totalmente independiente no necesitaría proporcionar a ningún tercero información privilegiada y confidencial que le permita comprobar que la transferencia o el préstamo se ha ejecutado debidamente», obligatoriedad reunida en las cláusulas 5.4 y 6.2. ¿Qué excedía el derecho de información de Meriton Capital? Por ejemplo, el Benfica debía comunicar a Meriton Capital el contenido de la oferta, el nombre del oferente, si el club y/o el jugador aceptaban la oferta o no, así como todos los documentos, facturas y acuerdos relativos a una transferencia o cesión lo que proporcionaría a Meriton un conocimiento indebido de las propuestas de otros clubes

Las cláusulas

En el caso de un potencial traspaso del jugador, una vez recibida la oferta, el Benfica debía comunicárselo a Meriton Capital, que se guardaba la potestad de aceptar o rechazarla. Se establecían tres casos supuestos: A) si el Benfica decidía traspasar a Rodrigo y Meriton aceptaba, el club debía abonar a Lim el importe del traspaso. B) Si el Benfica traspasaba a Rodrigo sin el consentimiento de Meriton, el club debía pagar a la mercantil el importe más alto: el traspaso o los 30 millones y variables más una penalización del 5%. C) En el caso de que el Benfica rechazase una oferta que Meriton quisiera aceptar, el Benfica debería abonar a Meriton la cuantía de la oferta aunque no vendiese a Rodrigo.

Apoyándose, sobre todo, en el punto C, la FIFA considera que el Benfica «no tenía libertad para negociar el traspaso del jugador», teniendo Meriton Capital «una influencia abusiva» sobre el Benfica en esta materia, que le confería de facto «una capacidad de determinar la actuación del club». Aunque la decisión final debería ser del Benfica como titular de los derechos federativos, existían consecuencias económicas en su perjuicio en caso de no coincidir con la voluntad de Meriton Capital. De hecho, Rodrigo, junto a André Gomes, acabó en el Valencia, club del que Lim aterrizaría como máximo accionista en otoño de 2014.

¿Qué consecuencias tiene la sentencia de la FIFA sobre el Valencia CF actual, teniendo en cuenta que las garantías sobre los derechos económicos de ocho jugadores tienen como acreedora a Meriton Holdings? En opinión del abogado valenciano Gaspar Romero, «la independencia del Valencia CF podría verse coartada, además del riesgo de exponer al club a una sanción económica». Romero defiende que la normativa de la FIFA habilita a los accionistas del Valencia CF para requerir al propio club y a LaLiga los contratos de préstamo, incluso dirigirse a la FIFA para que se verifique la independencia plena del club en la negociación por la venta de sus futbolistas. En otras palabras, que el Valencia y no un acreedor pueda decidir cuándo, a quién y por qué importe vender los activos de su plantilla. La inquietud es mayor ya que, a diferencia de las cláusulas acordadas con el Benfica, en esta ocasión Lim impuso las cláusulas negociando con un club del que posee la mayoría accionarial, lo que da pie a Romero a preguntar que se examine «un posible conflicto de intereses en el consejo de administración». «¿El consejo de administración protegerá los intereses del Valencia CF o del accionista mayoritario?», cuestiona Romero en voz alta. El contenido de las cláusulas acordadas entre Meriton y el Benfica, en el supuesto caso de haberse aplicado también a la garantía sobre los ocho jugadores del Valencia, conduciría a la entidad blanquinegra «a comunicar a Meriton el contenido pormenorizado de las ofertas que recibiera por los jugadores con los que están garantizados los préstamos y ser penalizado por la propia Meriton Holdings en caso de no hacer lo que ésta considere», asegura Romero.

Una maniobra más que, en su opinión, corrobora que las decisiones adoptadas por Meriton Holdings como accionista mayoritario «son exclusivamente económicas en defensa de sus intereses y en ningún caso deportivas, como ha venido demostrando desde su llegada». De hecho, desde el desembarco del empresario singapurés, el Valencia ha completado entre entradas y salidas de jugadores 965 millones de euros en siete temporadas que concluyen en la [deteriorada] situación deportiva actual. Una actividad frenética que contrasta con la parálisis permanente de contingencias patrimoniales como la venta del actual Mestalla y la reanudación de las obras del futuro estadio. Con el proyecto de Lim en aparente liquidación, con ventas masivas de jugadores y el último fichaje en propiedad remontándose a septiembre de 2019 (Correia), Romero cree que la normativa FIFA puede ser un camino para saber más «sobre las intenciones de Lim» después de que «la irresponsabilidad de la Fundación nos dejara desamparados desde 2014 cuando nadie defendió al Valencia CF».