"Lim no puede firmar otro convenio por el Nou Mestalla"

El artículo 71 de la Ley de Contratos del Estado lo prohíbe, según expone el expresidente del Valencia CF, Miguel Zorío

El líder del colectivo Marea Valencianista y expresidente del Valencia CF, Miguel Zorío, emitió un nuevo comunicado al respecto del Nou Mestalla y el convenio que el club pretende firmar con el Ayuntamiento para regular su relación jurídica y conservar los aprovechamientos urbanísticos.

En su comunicado, Zorío expresa que, según el artículo 71 de la Ley de Contratos del Estado, no se puede firmar ningún convenio con un promotor que haya incumplido previamente uno (como es el caso del Valencia y la ATE), además de instar a Javier Solís (abogado de profesión) a comunicarle a Lim que si quiere puede tener nuevo estadio, pero que será sin los beneficios urbanísticos y después de tres años de tramitación de unas nuevas licencias.

En el comunicado, asimismo, anuncia que ha solicitado al Letrado Titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Valencia un dictamen vinculante que refleje que efectivamente no se puede firmar un nuevo convenio "para que ni los políticos ni los responsables de Meriton puedan pensar en traspasar la línea que marca la ley", señala, al tiempo que amenaza con presentar una querella por prevaricación si ese nuevo convenio sale adelante y solicita que se active la fórmula de la sustitución del promotor.

Comunicado íntegro

El ex vicepresidente del Valencia CF, Miguel Zorío, ya avisó hace un mes que “la ley de contratos del estado prohíbe de forma clara y rotunda al Ayuntamiento de Valencia volver a firmar un convenio urbanístico con aquel promotor que haya incumplido un convenio (ATE) anteriormente, en este caso una sociedad cuyo principal accionista es Peter Lim. Eso lo sabe Javier Solís, el nuevo portavoz del singapurense, que es abogado, y que miente cuando dice que va muy bien lo de firmar el nuevo convenio urbanístico. De hacerlo incurrirían los políticos municipales en un delito clarísimo de prevaricación. Por ello, y ya que el Alcalde, la Vice Alcaldesa y la responsable de licencias no contestan a los escritos que les presenta este valencianito, he enviado un escrito al Letrado del Consistorio, Jose Vicente Sánchez-Tarazaga, para que emita un dictamen en el que le recuerde a los concejales lo que dice la Ley de Contratos del Estado. Una ley que obliga a los todas las administraciones públicas, a todos los políticos y políticas, y a todas las empresas. Los servicios jurídicos del Ayuntamiento y el portavoz del club, saben que el Valencia CF de Peter Lim no puede ser de nuevo el firmante y beneficiario de un convenio urbanístico con el Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valenciana, aunque esté en juego un arma electoral como es el Mundial de Fútbol. Y si lo hacen, la querella por prevaricación será presentada inmediatamente”.

Para Miguel Zorío y su equipo jurídico, la única solución legal que tiene el Ayuntamiento de Valencia, para no asumir directamente la responsabilidad subsidiaria de los incumplimientos de Peter Lim, y tener que pagar con dinero de todos los valencianos los incumplimientos del engañabobos singapurense es: “iniciar la tramitación, para que el consistorio ejecute subsidiariamente y realice la sustitución del promotor, figura jurídica que encaja a la perfección la Ley de Contratos Públicos del Estado. La elección de esta opción, la única posible en estos momentos, permitiría reiniciar las obras ya, pidiendo las licencias oportunas y dando tiempo a la administración a firmar el nuevo convenio con el promotor que sustituya a Peter Lim, quien a través de la SAD tendrá que abonar el coste de la obra o ceder sus acciones como forma de pago. Esta opción impide a Lim pegar el último pelotazo en esta tierra, y permite mantenerle al Valencia CF los máximos aprovechamientos urbanísticos que tiene concedidos con la ATE actual, con el nuevo convenio, tanto en el viejo como en el nuevo Mestalla”. 

Miguel Zorío recuerda al jefe del servicio jurídico municipal que “el artículo 71 de la LCSP recoge un catálogo de prohibiciones en que pueden incurrir las empresas imposibilitando de este modo contratar con las entidades previstas en el artículo 3 de la LCSP, es decir, aquellas que se consideran que forman parte del sector público.

Concretamente, Peter Lim ha incurrido en al menos tres preceptos de la ley:

• Dejar de formalizar el contrato adjudicado a su favor en los plazos indicados en el artículo 153 de la LCSP, por causa imputable al adjudicatario.

• Incumplir con dolo, culpa o negligencia las cláusulas esenciales del contrato o las condiciones especiales de ejecución, cuando el incumplimiento fuese considerado infracción grave en los pliegos o el contrato.

• El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Así lo establecía el artículo 113.4 del TRLCAP: “cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía”.