El Comité de Competición ha sancionado a Paco Alcácer con dos partidos en base al artículo 123.2 del Código Disciplinario de la RFEF, que se refiere a las acciones en que un futbolista se emplea de forma violenta con un contrario "al margen del juego o estando el juego detenido", cuando la redacción del acta arbitral indica que la acción se produce "en la disputa del balón". El Valencia CF va a presentar recurso contra esta decisión, al existir precedentes de acciones similares en las que no se sancionó con más de un partido.