El Comité de Competición quita la tarjetas amarillas a Adán y Rober Ibáñez, futbolistas del Betis y Granada, después de que sus clubes presentaran un vídeo en las alegaciones, algo que en cambio no sucedió con el jugador del Valencia Lucas Orban, que fue expulsado con una roja directa en el partido del conjunto blanquinegro ante el Eibar. El club de Mestalla recurrió esta sanción para que el defensa argentino pudiera jugar el siguiente partido ante el Getafe en Mestalla, pero el Comité de Competición no estimó oportuna el recurso y Orban no pudo jugar. Como Betis y Granada, el Valencia también aportó un vídeo en el que se apreciaba que Orban no agredió al jugador del Eibar, pero el Comité no le quitó la tarjeta roja porque entendió que "no se deduce con evidencia la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias". Las imágenes dejaban bien claro, que no había agresión por parte de Orban y que saltó de manera limpia a por el balón.

Esta es la resolución del Comité de Conpetición:

El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió este jueves quitar la tarjeta amarilla al portero del Betis Antonio Adán, que fue amonestado en el minuto 27 del partido que disputó su equipo ante el Barcelona por derribar a Lionel Messi dentro del área y provocar un penalti tras el que llegó el primer tanto azulgrana.

La prueba videográfica que aportó el conjunto andaluz para hacer sus alegaciones fue decisiva para retirar la cartulina amarilla al guardameta verdiblanco.

"Tras el visionado de las imágenes aportadas por el Real Betis Balompié, deben estimarse íntegramente sus alegaciones y, en consecuencia, dejar sin efectos disciplinarios la amonestación del guardameta Don Antonio Adán Garrido, toda vez que ha quedado desvirtuada la presunción de veracidad del acta arbitral", indica en un comunicado el Comité de Competición.

"Como aduce el club recurrente, el referido guardameta no derriba al jugador contrario, sino que la acción e intención de aquél se limita a despejar el balón con sus puños, siendo el aludido jugador contrario quien, probablemente por ir pendiente de la trayectoria del balón, choca con el guardameta y termina cayendo al suelo a consecuencia de su propio encontronazo", agregó.

Por tanto, añadió, se aplicará el "último inciso del apartado 3 del artículo 27 del Código disciplinario de la RFEF" al haberse producido "un error material manifiesto en la redacción del hecho que motivó la amonestación impugnada".

Además, el Comité de Competición también anuló la amonestación del jugador del Granada, Roberto Ibáñez, que vio una cartulina amarilla durante el partido que perdió su equipo 4-1 ante Las Palmas.

De nuevo, la prueba videográfica aportada por el club fue decisiva para el Comité, que desechó la versión que reflejó en el acta el árbitro Santiago Jaime Latre. En ella, aseguraba que Ibáñez vio la cartulina amarilla por derriba a un contrario "en la disputa de un balón".

"La prueba aportada por el club alegante permite, en efecto, en este caso, acreditar de forma manifiesta la inexistencia del hecho reflejado en el acta, al no producirse en forma alguna el derribo de un jugador rival por parte del jugador amonestado", alegó el Comité de Competición para eliminar la tarjeta amarilla a Roberto Ibáñez.