Tribunales
Condenan al Servicio Andaluz de Salud a pagar 2,6 millones por negligencia en un parto que causó un 95% de discapacidad al bebé
Los hechos tuvieron lugar en el Hospital Clínico y han dejado a la menor con una minusvalía de un 95%, debido al sufrimiento fetal tras parto
EP
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Málaga ha estimado, íntegramente, al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a abonar una indemnización millonaria por daños y perjuicios de 2.683.022€ más intereses; tras una negligencia médica en un parto que tuvo lugar en 2014.
La demanda fue presentada por el abogado Damián Vázquez, especialista en Derecho sanitario y perteneciente a los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El Defensor del Paciente', en nombre de unos padres malagueños, que denunciaban los graves daños causados a su hija con sufrimiento fetal tras parto.
Se trata de una de las sentencias condenatorias más altas en cuanto a su indemnización por daños causados. Según establece la condena, el servicio público de salud ocasionó a la niña un sufrimiento fetal perinatal, tras parto, que como consecuencia la ha dejado con 95% de discapacidad reconocida.
Según se relata en la demanda presentada por Vázquez, esta mujer malagueña acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen de la Victoria (Málaga) el pasado 12 de octubre de 2014. En su 38ª semana de gestación presenta contracciones, pero fue dada de alta a su domicilio. Acude de nuevo al día siguiente, quedando ahora sí ingresada en planta de dicho hospital.
Tras cinco días de espera e insistencia de los futuros padres para que se realizará cesárea, no sería hasta las 19:30 del día 17 octubre de 2014, cuando los médicos adoptan protocolo de parto. Apareciendo desaceleraciones variables, que se transforman el patrón de la frecuencia cardíaca fetal a bradicardia sostenida a 80-100 latidos por minuto, seguida de pérdida de foco; por lo que se indicó cesárea emergente.
Tras ello, informan a la madre que había sufrido un desprendimiento de placenta, con sufrimiento por hipoxia isquémica, es decir falta de oxígeno y sangre en el cerebro de la bebé. La niña nació en parada cardiorrespiratoria, precisando de maniobras de reanimación, intubación y dosis de adrenalina. Unas maniobras que provocaron daños en la menor, y que tuvo que ser trasladada con carácter urgente al Hospital Virgen de las Nieves de Granada.
En el juicio celebrado, Damián Vázquez asegura que "se ha conseguido demostrar la clara negligencia médica, con un daño desproporcionado, por demora en la cesárea y sufrimiento fetal en el parto”, todo ello con apoyo en informe pericial de ginecólogo y de perito judicial, frente a los aportados por el Servicio Andaluz de Salud.
Vázquez destaca "la importancia de esta sentencia millonaria, que van a ayudar a los padres y esta niña, para que puedan prestarle la ayuda y atención especializada que va a necesitar de por vida; al ser completamente dependiente y al habérsele diagnosticado una minusvalía del 95%. Aunque ni todo el dinero del mundo podrá reparar el gran daño causado a sus representados".
Las consecuencias sufrimiento fetal perinatal, le ha originado a la menor secuelas como tetraparesia; encefalopatía hipóxico-isquémica espástico-distónica: trastorno cerebro motor; epilepsia no controlable; gastrectomía total; dependencia total; intervenciones quirúrgicas y minusvalía de un 95%, con total dependencia de sus padres, necesitando todo tipo de cuidados especiales y pérdida de calidad de vida.
Tanto el informe pericial de ginecólogo aportado con la demanda, como el perito judicial, ratificaron "sin género de duda el mal funcionamiento de la administración sanitaria y la existencia de negligencia médica": "Todas las secuelas padecidas por la niña, tras nacer, se deben a una asistencia deficiente del caso; ya que los circuitos diseñados por el SAS no funcionaron de forma adecuada en este caso, produciéndose lesiones irreversibles en la hija de la gestante", ratifican.
La sentencia desestima igualmente la solicitud del Servicio Andaluz de Salud de reducir la indemnización por pérdida de oportunidad, y aplicación del baremo utilizado por analogía para negligencias médicas, confirmando la condena de 2.683.022 euros de indemnización, más intereses.
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