Audiencia de Madrid
La justicia desconfía de Rafael Amargo y seguirá en prisión hasta el juicio por riesgo de fuga
La Audiencia Provincial de Madrid deniega el recurso de súplica que presentó el artista contra la medida cautelar de prisión provisional y sin fianza hasta el juicio, previsto para abril de 2024
Alberto Muñoz
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado que el bailaor Rafael Amargo siga en prisión hasta el juicio previsto para abril de 2024 en el que se le acusa de tráfico de drogas. Lo ha hecho, según un reciente auto consultado por este periódico, porque existe "riesgo de fuga" dado que la "imputación que se formula contra él es muy grave, con penas elevadísimas".
Los magistrados de la Sección 30 de la APM transmiten en ese auto una falta de confianza en Amargo, al que, como recuerdan, ya "se ha denegado la salida del país por motivos profesionales por no garantizarse suficientemente que pudiera sustraerse a la acción de la justicia". Una de las cosas que le afean, por ejemplo, es que incumpliese la obligación de firmar en el juzgado, haciéndolo "un mínimo porcentaje" de veces y "cuando lo cree oportuno", y además sin justificarlo médicamente.
De esta forma, en el auto dictado el pasado 29 de noviembre se ha rechazado el recurso de súplica planteado por el artista ante la prisión provisional y sin fianza decretada de forma cautelar hasta la celebración del juicio en abril de 2024. De cara al juicio, la Fiscalía pide nueve años de cárcel para Rafael Amargo y para su productor, y seis años para el otro acusado.
No iba a firmar al juzgado
En ese auto, la misma Sección argumentó riesgo de fuga y quebrantamiento reiterado de la obligación de firmar cada 15 días en el órgano judicial, como defendía la Fiscalía, y envió a Rafael Amargo a la prisión de Soto del Real. También, según informó Efe, tomó la misma media para otro de los tres procesados de cara al juicio, el productor Eduardo de los Santos.
La defensa ha fundamentado, sin embargo, la postura del bailaor insistiendo en que ha estado a disposición de la Audiencia Provincial y ha cumplido con las obligaciones que se le impusieron, una circunstancia que ha sido discutida por la Fiscalía y que no ha sido admitida por los tres magistrados.
No lo han hecho, según explican, porque "concurre una realidad insoslayable", que es que el juzgado de instrucción dictó la medida cautelar de libertad condicional, pero con la obligación de comparecer quincenalmente en el juzgado, "precisamente para eludir la prisión provisional como medida más gravosa", y así el investigado debía haber cumplimentado 70 comparecencias en 35 meses.
Pero hasta noviembre había cumplido "un mínimo porcentaje de las mismas" y "excusa su incumplimiento sobre la base de 'su disponibilidad' o de que haya acudido incluso voluntariamente en alguna ocasión, obviando su obligación de comparecer no cuando lo cree oportuno, sino cuando lo establece el órgano judicial del que pende la causa en la que se encuentra acusado".
Añaden los jueces que "precisamente ese argumento de comparecencias voluntarias" es incongruente con la concurrencia de causas médicas o psicológicas que alega Amargo en su recurso, subrayando que no ha justificado debidamente las ausencias a pesar de estar "suficientemente asesorado".
La repercusión mediática no es suficiente
Los magistrados ponen de relieve también que Rafael Amargo "tampoco explica suficientemente por qué, pese a ser requerido para aportar la documentación médica que requería el forense, no lo cumplimentó". Y hacen hincapié en el riesgo de fuga del procesado, detallando que "el hecho de que se trate de una persona conocida públicamente, con repercusión mediática, no puede constituirse en un elemento que evite el riesgo", ni tampoco que tenga familiares o arraigo personal en España.
"Si precisamente las medidas menos gravosas que se acuerdan se incumplen sistemáticamente, el riesgo de fuga se acrecienta, y, por tanto, conlleva que no pueda adoptarse otra medida" que la cárcel, concluyen, destacando que la fecha del juicio es cercana "y en esas circunstancias y con los incumplimientos reseñados, no puede garantizarse la presencia del acusado en el plenario".
El juicio a Rafael Amargo está previsto que se celebre los días 8, 10, 11 y 12 de abril de 2024, tras la suspensión que tuvo lugar el pasado 7 de junio porque otro de los procesados, el productor teatral Eduardo de Santos, renunció a su abogado.
Serán juzgados el bailaor, Eduardo de Santos y un socio del artista, Manuel Ángel Batista León, acusados de integrar un grupo que traficaba con droga, fundamentalmente metanfetamina, que presuntamente vendían desde el piso de Amargo.
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