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La nueva y reducida tasa de alcohol máxima de la DGT que entra en vigor a partir del 21 de marzo

A partir del día 21 debes echar un vistazo a todos los cambios de la Ley de Tráfico de 2022 en adelante

La nueva y reducida tasa de alcohol máxima de la DGT que entra en vigor a partir del 21 de marzoSD

Este mes de marzo entra en vigor la nueva Ley General de Tráfico. Esta nueva normativa conlleva muchos cambios en aspectos que los conductores españoles ya tenían interiorizados y que van a tener que cambiar en los próximos meses. En concreto a partir del 21 de marzo se producirán todas estas nuevas medidas que pone en marcha la Dirección Nacional de Tráfico (DGT). En ese sentido esta norma afecta a los menores y el consumo de alcohol o drogas al volante.

La ‘tasa 0’ está dirigida a aquellos menores de edad que sean conductores de patinetes, bicicletas, cuatriciclos ligeros y ciclomotores. La nueva norma de la DGT explica que: “En ningún caso el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a los 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro. Tampoco puede hacerlo el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica”

La DGT busca con esta Ley General de Tráfico reducir los accidentes en carretera por consumo de sustancias. El foco se centra en los menos tanto para los estupefacientes como para el consumo de alcohol al volante, aunque las sanciones económicas todavía están por determinar.

Para el resto de conductores los límites de consumo de alcohol se mantienen a 0’3 gramos por litro en sangre (0’15 en aire) para los noveles y 0’5 (0’25) para los que ya tienen el permiso de conducir más de dos años.

Otros cambios importantes de la nueva Ley de Tráfico

- Tabaco y móviles:

Por otro lado, será llamativa la fijación contra los fumadores y los que usan el móvil en el coche. Si fumas, por el momento, no pasa nada (ya hay intentos de prohibirlo), siempre que no arrojes la colilla por la ventana. De hacerlo, serás sancionado con hasta 6 puntos y 500 euros. También puede ocurrir lo mismo si lanzas otros objetos que puedan ocasionar un accidente o incendio. Con hasta 6 puntos de penalización también si usas el teléfono móvil (con manos libres sí se puede).

Adelantamiento a ciclistas en la nueva Ley de Tráfico

Ahora la normativa aprobada por el Congreso especifica que no respetar la distancia de seguridad de un metro y medio también supondrá una pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir, ya que según la DGT tras la pandemia ha aumentado la siniestralidad en las carreteras con un mayor número de accidentes con ciclistas implicados.

Otras pérdidas de puntos: cinturón de seguridad, lanzar colillas…

La Ley de Tráfico también ha modificado las sanciones de otras infracciones típicas de los conductores. Respecto al uso del cinturón de seguridad, la ausencia de este sistema provocará una pérdida de 4 puntos.

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