Descubre las pensiones que no deben hacer la Declaración de la Renta en 2022

A solo unos días de que arranque la Campaña de 2022, te contamos todo lo que debes saber.

Descubre las pensiones que no deben hacer la Declaración de la Renta en 2022

Descubre las pensiones que no deben hacer la Declaración de la Renta en 2022 / SD

La ciudadanía desconoce muchos detalles de sus obligaciones con respecto a Declaración de la Renta. También los pensionistas están obligados a presentarla y contestar a las premisas que se le exigen. Por ello a solo unos días de que arranque la Campaña de 2022, te contamos todo lo que debes saber.

Para la Agencia Tributaria las pensiones son rendimientos íntegros del trabajo y computan igual que los salario. Por eso los pensionistas deben estar pendientes de los límites según los cuales deben presentar la Declaración de la Renta o no, por su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Según explica la Ley del IRPF el desglose de las pensiones que están exentas de tributar en el IRPF. Por ello según se indica en su artículo 7 los pensionistas no deben tributar cuando cobran:

  • Pensiones por medallas y condecoraciones por actos terroristas
  • Pensiones de personas con lesiones por la Guerra Civil
  • Pensiones de incapacidad o inutilidad permanente
  • Prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, familiares no contributivas y haberes pasivos de orfandad de nietos y hermanos, menores de 22 años o incapacitados para trabajar.
  • Pensiones contributivas de incapacidad permanente en grado absoluto y de gran invalidez, reconocidas por la Seguridad Social o una entidad colaboradora.

Están exentos de la declaración de la Renta

En su portal web, la propia Agencia Tributaria explica que estas rentas están exentas por su carácter de pensiones: "Salvo excepciones, como por ejemplo en el caso de la exención por reinversión en vivienda habitual, no las tienes que incluir en tu declaración".

"Sólo está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes", indica en la normativa de la Declaración de la Renta