La aplicación que necesitas tener para librarte de esta multa de tráfico tan común

La DGT ha modificado la Ley de Tráfico, imponiendo nuevas sanciones y suprimiendo otras que habían quedado obsoletas

A principios de año, concretamente el 21 de marzo, la Dirección General de Tráfico publicó la nueva Ley de Tráfico. La intención de esta, según indicaron a través de su página web, no era otra que la de imponer "una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos".

Esta nueva ley impuso nuevas penalizaciones mucho más severas que anteriormente, como la retirada de seis puntos del carnet en caso de utilizar el teléfono móvil durante la conducción. Aunque también suprimió otras muchas medidas que se habían quedado obsoletas. También introdujeron ligeras modificaciones en cuestiones de señalización.

Sin embargo, uno de los cambios más relevantes y que más afectará al ciudadano en el día a día es que ya no es obligatorio y necesario circular con el carnet de conducir en el bolsillo o la cartera. Anteriormente no mostrar el carnet físico si la policía te lo exigía era motivo de multa. Ahora basta con acreditarlo desde la aplicación miDGT.

Cómo conseguir la aplicación que te ayudará a librarte de las multas

Para poder circular sin el carnet de conducir en la cartera será necesario contar con la aplicación miDGT. Para ello tendrás que descargarla a través de Google Play o AppStore y acceder con las credenciales de Cl@ve o el certificado digital para acceder. En caso de no contar con ese tipo de accesos, también se podrá iniciar sesión a través de datos personales y una clave que la DGT envía a su teléfono vía SMS.

Estas son las nuevas normas de tráfico que debes saber para evitar multas

  • En las carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20 km/h la velocidad máxima para adelantar.
  • Conducir con un dispositivo móvil en la mano supondrá una penalización de seis puntos del carnet.
  • Está prohibido parar o estacionar el vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
  • Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén o no conectados. Tenerlos en el coche supondrá perder 3 puntos del carnet.
  • No hacer uso del casco o llevarlo de forma incorrecta cuando se conduce un ciclomotor supondrá perder 4 puntos del carnet.
  • Está prohibido circular por autopistas y autovías con patinetes eléctricos y la tasa de alcohol permitida siendo menor de edad es de 0,0.