Los detalles del juicio de Santi Mina por agresión sexual
El próximo lunes, el TSJA decidirá si parte de las declaraciones de la vista oral se desarrolla a puerta cerrada
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería decidirá este lunes si parte de las declaraciones de la vista oral por agresión sexual contra los futbolistas Santi Mina y David Goldar se desarrollarán a puerta cerrada, ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
"El juicio se celebrará en audiencia pública para el público y los medios de comunicación, pero no se descarta que alguna sesión o alguna declaración concreta se lleve a cabo a puerta cerrada. La decisión a este respecto la anunciará el tribunal al comienzo de la vista", ha indicado el alto tribunal andaluz.
En la vista, que se desarrollará los próximos días 28, 30 y 31 de marzo por la presunta comisión de un delito de agresión sexual, el ministerio fiscal acusará únicamente a Santi Mina, que actualmente milita en el Celta, mientras que la acusación particular lo hará también a David Goldar, jugador del Ibiza, como cooperador necesario.
Los hechos, según el escrito de la Fiscalía, ocurrieron en la madrugada del 16 de junio de 2017, cuando Santi Mina aprovechó que su amigo David Goldar se había ido con una mujer a la caravana que tenía estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería) para entrar al vehículo y agredirla sexualmente.
El Ministerio Público pide para Santi Mina ocho años de prisión por un delito de agresión sexual, por el que también solicita una orden de alejamiento de 500 metros durante diez años, así como que se le imponga la medida de libertad vigilada durante otros diez años al futbolista.
Aunque a finales de diciembre de 2019 el Juzgado de Instrucción número 1 de Vera (Almería) acordó incoar sumario por un presunto caso de agresión sexual contra los dos futbolistas, finalmente David Goldar solo es acusado por la acusación particular.
Según ha indicado a EFE el abogado de la víctima, Iván Bolaño Piña, la acusación en el caso de Goldar se basa principalmente en que éste, "habiendo podido evitar la acción, en ningún momento hizo absolutamente nada para evitar la agresión sexual", por lo que se considera que fue cooperador necesario de Mina.
Por ello, la acusación particular pide para ambos nueve años y medio de cárcel, además del resto de medidas accesorias ya solicitadas por el Ministerio Público, como son las órdenes de alejamiento o la medida de libertad vigilada durante diez años tras la pena y el resarcimiento económico a través de la responsabilidad civil que se fije judicialmente.
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