El jurado no cree que el exmilitar que mató a tiros a Younes en Mazarrón al grito de "no quiero moros" tuviese "una motivación racista"

El tribunal popular no ve un agravante de discriminación en la actuación de Carlos Patricio, para el que la Fiscalía rebaja la petición de pena a 21 años por el asesinato

Carlos Patricio, a la izquierda de la imagen, en la primera sesión del juicio por el crimen de Younes en Mazarrón.

Carlos Patricio, a la izquierda de la imagen, en la primera sesión del juicio por el crimen de Younes en Mazarrón. / JUAN CARLOS CAVAL

Europa Press

"Se mató a Younes por su raza, por motivos discriminatorios", dijo la fiscal en la primera sesión del juicio. Sin embargo, el jurado no lo ve así. Carlos Patricio B.M., el exmilitar que admitió haber matado a tiros a un vecino, Younes Bilalen una cafetería de Puerto de Mazarrón en junio de 2021, es culpable de asesinato. Así lo ha determinado el tribunal popular, que daba a conocer su veredicto este martes por la tarde. Sin embargo, los nueve miembros no se han puesto de acuerdo para considerar probada la concurrencia de la circunstancia agravante de discriminación, pese a que el individuo dijo esa noche cosas como 'qué hacen los putos moros en la barra' y cuando fue detenido, soltó: "Que no se acerquen los moros".

El jurado ha considerado probado por unanimidad que la víctima cayó desplomada al suelo fruto de los disparos en pecho y abdomen y que minutos después fue trasladada al hospital Virgen de la Arrixaca, en Murcia, donde expiró.

Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía ha solicitado, por el delito de asesinato, la pena de 21 años de prisión y la privación del derecho a residir o a acudir a Mazarrón durante 10 años; y por el delito de tenencia ilícita de armas, un año de cárcel.

Trucó el arma por capricho

Sobre este último delito, Carlos Patricio admitió haber trucado la pistola con la que mató a Younes. El arma del crimen fue "herencia de mi padre". "La conseguí inutilizada del Ejército del Aire", pero "yo mismo la había activado hacía meses, poniéndole un cañón que no estaba taladrado". Ese cañón lo consiguió "por Internet". La rehabilitó "por gusto", soltó.

Tras disparar, solo recuerda "que la Policía se me acercó por la playa: pregunté que quiénes eran y me tiré al suelo". "Yo iba por la orilla y vi gente que se acercaba hacia mi, como de lado". "La Policía llegó, cogió el arma y me detuvieron", rememora.

"Se abalanzó hacia mí y yo disparé. En ningún momento tenía la intención de matarlo, pero salió así", declaró el sujeto ante el tribunal que presidía el juez Del Olmo, que ahora tendrá que dictar la sentencia y establecer cuántos años de cárcel cumplirá este individuo. 

Responsabilidad civil

En materia de responsabilidad civil, el Ministerio Público no incluye modificaciones, con lo que solicita la indemnización a la mujer y al hijo del fallecido --menor de edad-- con 190.000 euros, y a los padres del mismo, con 90.000 euros.

Las acusaciones particular y popular se ha adherido a la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, si bien entienden que concurre la agravante de discriminación. En lo que respecto a responsabilidad civil, la abogada de Andrea, viuda de Younes, pide 200.000 euros para el hijo menor; 150.000 euros para la esposa; y 30.000 para los dos hijos de la mujer, que convivían con la pareja.

La abogada de los padres de la víctima ha reclamado, además, el pago de 80.000 euros para el padre y 80.000 para la madre, ambos residentes en Marruecos.

Por su parte, la defensa ha manifestado su adhesión a lo interesado por el Ministerio Fiscal, así como a las penas y la responsabilidad civil solicitada en el escrito de conclusiones definitivas. A efectos de la reclamación de costas, el abogado ha pedido que el procesado pueda acogerse a lo recogido en la ley asistencia jurídica gratuita.