El ladrón muerto en Castellón tenía varias puñaladas y el dueño de la casa deberá justificar la defensa propia

El morador del chalet, que fue golpeado junto a su novia, fue detenido ayer por la Guardia Civil

Vehículos de la Guardia Civil, a las puertas del Hospital General en una imagen de archivo. MANOLO NEBOT

Vehículos de la Guardia Civil, a las puertas del Hospital General en una imagen de archivo. MANOLO NEBOT

El vecino de Segorbe (de la pedanía de Peñalba) que en la noche del martes al miércoles acabó con la vida de uno de los ladrones que entraron en su domicilio, donde se encontraba junto a su pareja, fue ayer detenido por el homicidio.

El ahora investigado, de 28 años y nacionalidad española, fue arrestado inmediatamente después de recibir el alta médica en el Hospital General, donde se recuperaba de las fracturas y lesiones con arma blanca que sufrió en el forcejeo. Acto seguido, fue conducido hasta la Comandancia de la Guardia Civil de Castellón, en cuyos calabozos se encontraba al cierre de esta edición.

Está previsto que a lo largo de este viernes pase a disposición del Juzgado de Segorbe, que deberá decidir si deja en libertad al dueño de la vivienda asaltada o, por el contrario, lo pone en libertad con cargos a la espera de juicio.

Varias puñaladas

Según ha podido conocer Mediterráneo, que adelantó en exclusiva las circunstancias del homicidio, el cuerpo del ladrón fallecido presentaba varias puñaladas por todo el cuerpo. Las personas del dispositivo de emergencias que acudieron a la casa tras el suceso, hallaron en el suelo el cuchillo con el que se dio muerte al ladrón. El cuerpo sin vida de este fue hallado en el exterior del chalet, donde se desvaneció a causa de sus graves lesiones mientras pretendía escapar.

Todo parece indicar que, además del ladrón fallecido y el cómplice que huyó --al que ya hizo referencia ayer este diario--, el asalto podría haber sido obra de más personas. Lo que no ha quedado todavía esclarecido es el motivo por el que entraron en la casa, que no destaca por contar con objetos de gran valor ni sus moradores por tener un alto nivel de vida.

Removieron el interior

Los intrusos saltaron la valla del chalet pasadas las 22.30 horas y se colaron en el jardín, donde la pareja reposaba, aprovechando el buen tiempo. Los dueños de la casa se percataron de la presencia de los intrusos y se inició entre ellos un violento forcejeo. Golpearon tanto al varón, como a la chica, y removieron el interior del domicilio, de donde no se llegaron a llevar nada de valor. Finalmente, el propietario de la vivienda se hizo con un cuchillo y acabó apuñalando en varias ocasiones a uno de los asaltantes. Este no se desplomó de inmediato, pero las heridas acabaron siendo mortales.

Fue la pareja quien dio aviso al 112. Los primeros en llegar a la zona fueron policías locales de Segorbe. Más tarde, lo harían también dos ambulancias y un médico de Atención Primaria, así como la Guardia Civil, que se hizo cargo de la investigación del caso.

¿Quién es el fallecido?

Del ladrón fallecido se sabe que es un hombre de más de 40 años, natural de un pueblo de la provincia de Valencia y de nacionalidad española. Al parecer, es un viejo conocido de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y no actuó solo. Sus cómplices --por el momento se desconoce el número exacto-- lo acompañaron en el asalto violento a la vivienda, pero después huyeron a la carrera, dejando el cuerpo sin vida de su colega.

Todo parece indicar que el ahora detenido alegará legítima defensa en el proceso judicial que ahora se abre contra él. Resulta lógico que se defendiera de un asalto nocturno y en el que tanto él, como su novia, salieron heridos. Aún así, deberá poder justificar la proporcionalidad de su ataque.

La legítima defensa como eximente completa

Todas estas circunstancias, sin perjuicio de las conclusiones a las que lleguen los integrantes del grupo de Homicidios de la Guardia Civil cuando concluyan la investigación, podrían servir al autor del apuñalamiento para alegar legítima defensa. 

Se trata de una causa de justificación, basada en la necesidad de autoprotección y se puede contemplar como eximente completa, incompleta o atenuante. 

En el primero de los supuestos, la legítima defensa sirve para eximir de responsabilidad penal al autor. Es decir, que sus actos no comporten una condena y quede absuelto. Esto puede conseguirse cuando se alega que ha existido una «agresión ilegítima», «proporcionalidad en la respuesta» y «miedo insuperable» en el receptor de este ataque, que haya derivado en la «necesidad de defensa».

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por Carlos Santamaría - Abogado

El debatido tema de la actuación en legítima defensa en casos cuanto menos mediáticos es una cuestión que debe de estudiarse con especial interés, máxime cuando se ponen en primera linea delitos de especial relevancia como suelen ser homicidios ó lesiones agravadas. Desde un punto de vista elemental, se pone de relieve la imposibilidad de tomarse la justicia en propias manos cuando se considera invadido un espacio vital como es el domicilio ó la vida misma. Sin embargo, no debemos olvidar que la justicia contempla la figura de las eximentes completas de miedo insuperable y legítima defensa, lo que comporta absolución en casos como el que nos ocupa --el acaecido en Segorbe--. Ya ocurrió en la mediática sentencia de uno de los fundadores de la conocida marca de joyería Tous, que en una situación similar a la tratada y en un mediático proceso judicial logró una sentencia con libre absolución frente a la acusación del fiscal, que solicitaba siete años de prisión por un delito de homicidio. Lo solicitaba para quien vio invadida su vivienda en horas nocturnas y con fines ilegales. Esa sentencia absolutoria fue ratificada después por la sala de lo Penal de Tribunal Supremo, que recogía expresamente la circunstancia eximente completa de legítima defensa putativa para dictar una sentencia absolutoria. Ello evidencia que la justicia funciona satisfactoriamente ante agresiones que, más allá de una alarma social, provocan un riesgo máximo para quien lo sufre. 

Sin embargo, la legítima defensa también puede ser considerada una eximente incompleta o atenuante, es decir, una rebaja en la condena. En estos casos, la pena por un homicidio --que va de los 10 a 15 años-- se vería notablemente disminuida, pero no anulada.

Hace menos de dos meses que el Tribunal Supremo anuló la condena de la Audiencia Provincial de Grabada que sentenció a ocho años y medio de prisión a un anciano de Granada que mató de un disparo en la cabeza a un vecino, que le perseguía con un palo, un hacha y un machete.