La subida de las pensiones no es para todos: estas son las que se mantienen igual
La revalorización del 8'5% tiene letra pequeña y algunos pensionistas seguirán cobrando lo mismo que el año pasado
La gran mayoría de los pensionistas españoles están de enhorabuena: van a cobrar más en 2023. Sin embargo, no todos. Algunos no se van a beneficiar de la revalorización del 8'5% que ha impulsado el Gobierno de España a través del Real Decreto 1058/2022.
Las condiciones vienen detalladas en la página web de la Seguridad Social. Se trata de una subida que pretende ajustar estas cuantías al Índice de Premios al Consumo y afecta a las pensiones por incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva. Pero, como decimos, no a todas.
Las pensiones más altas no se benefician de la subida y se mantienen igual
Según detalla la Seguridad Social a partir de una determinada cifra no habrá revalorización. Concretamente, 3.058,81 euros mensuales, que suponen 42.823,34 anuales. Este es el importe máximo que se puede cobrar por las pensiones y no variará en 2023. Esto detalla la página web. Los que ya percibían esta cifra siguen igual y los que la superarían con la subida del 8'5% solo llegarán hasta aquí.
El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 3.058,81 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder. Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que el pensionista tenga derecho o no a percibir 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso, las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía no supere o pueda alcanzar, respectivamente, 42.823,34 euros, en cómputo anual.
Otros tipos de prestaciones que tampoco se revalorizan
Además de las más altas, hay otras que quedan excluidas de la subida. Se trata de las prestaciones económicas por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, las percepciones de rentas temporales por cargas familiares y la indemnización suplementaria para la provisión y renovación de aparatos de prótesis y ortopedia, en el supuesto de pensiones del extinguido seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Estas también serán igual que en 2022.
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