La gran derrota de Peter Lim

Varapalo judicial a Meriton y a su táctica de desgaste y chantaje con las administraciones. El El TSJCV avala que no se prorrogara la ATE del Nou Mestalla y se caducara anticipadamente y acredita todos los incumplimientos del club, obligado ahora a negociar con la clase política

Reunión de Solís, Kiat Lim y Layhoon, con el anterior alcalde de Valencia, Joan Ribó

Reunión de Solís, Kiat Lim y Layhoon, con el anterior alcalde de Valencia, Joan Ribó

Vicent Chilet

Vicent Chilet

A la gran derrota deportiva de su gestión en la última década, a la gran derrota del rechazo frontal de la masa social valencianista, que se manifiesta en la calle y en cada partido pidiendo su salida, Peter Lim sumó la tercera gran derrota, la judicial. Una derrota que compromete su estrategia como máximo accionista y debilita su posición de poder en todas direcciones, también para marcar el precio de una eventual venta del club.

Ayer, la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) tumbó las demandas del Valencia contra la Generalitat, confirmando no únicamente la caducidad anticipada de la ATE del Nou Mestalla y la no ampliación de los plazos del plan, sino acreditando todos los incumplimientos del club. Desde el hotel icónico en la Avenida de Aragón, al polideportivo de Benicalap y, por supuesto, en las obras en el recinto de Corts Valencianes.

La sentencia, contundente en su escrito, puede ser recurrida ante el propio TSJCV o ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, pero de inicio supone un varapalo enorme para Meriton Holdings. De acabar confirmándose, destierra la táctica del pulso a unas instituciones con las que ahora Lim se ve obligado a adoptar una posición negociadora. De fondo, un estadio varado desde hace 15 años y la sede del Mundial 2030. Las sentencias confirman que el club ha incurrido en toda clase de incumplimientos en el plan urbanístico, empezando por la no construcción del hotel en la parcela anexa al actual Mestalla del Nuevo Ayuntamiento, contemplada en la fase 1.

Un incumplimiento sobre el que, en noviembre de 2021, la Conselleria de Economia Sostenible denegó la ampliación de la ATE y que la sentencia considera achacable únicamente al club en la obligación de construir en el plazo de tres años dicho hotel. Se descarta que los incumplimientos se debiesen a una «inactividad» del Ayuntamiento. Del mismo modo, se ha denegado en su totalidad el recurso contra la caducidad anticipada de la ATE decretada en julio de 2022 por el Pleno del Consell.

Respecto al Nuevo Mestalla, ya en la fase 2 de la ATE y en la ‘Zona B Corts Valencianes’, la Sala concluye que el Ayuntamiento no aprobó el proyecto modificado que presentó el club en febrero del año 2022 porque «incurría en diversas deficiencias, entre ellas el incumplimiento de la capacidad de aforo mínimo del nuevo estadio pactado en el convenio».

En este sentido, a juicio de los magistrados, la falta de aprobación de ese nuevo proyecto «no obedece a inactividad municipal, sino a la inidoneidad de la propuesta», así como también «a la ausencia de recursos financieros por parte del promotor para el cumplimento de las obligaciones que tiene comprometidas».

En esa misma línea de incumplimientos de la actuación urbanística menciona la segunda sentencia la obligación que tenía el Valencia CF de construir un polideportivo municipal en la parcela GSP-1, respecto a lo que el club adujo tanto una inactividad por parte del Consistorio como el impacto negativo provocado por la pandemia de Covid-19 y las dificultades para obtener financiación.

La Sala rechaza, en definitiva, los principales motivos alegados en ambos recursos y rebate la tesis del recurrente de que la denegación de la prórroga y la declaración de caducidad de la ATE eran medidas desproporcionadas y resultaban contrarias al interés general. «Lo que el interés general demanda es la pronta ejecución de las actuaciones previstas en la ATE, que el Valencia Club de Fútbol SAD ha incumplido y no ha acreditado poder llevar a cabo», precisa el Tribunal.