Golpe a la DGT: Esta multa habitual queda anulada por la justicia

El endurecimiento de las sanciones por exceso de velocidad incumple la normativa europea de tráfico

El 2023 está siendo un año movido para la Dirección General de Tráfico (DGT) y los conductores por la cantidad de cambios que introdujo la nueva Ley de Tráfico en 2022. La DGT ya ha publicitado los cambios normativos que han entrado en vigor en los primeros meses del año pasado, así como la nueva norma para pasar la ITV en nuestros vehículos.

El ente que dirige Pere Navarro tiene entre ceja y ceja bajar drásticamente la cifra de accidentes en las carreteras españolas, ya que 2021 fue un gran año en cuanto a números de siniestros fatales en España, todo y que 2020 estuvo marcado por la pandemia.

Las autopistas y las autovías en España cada vez son más seguras y en los datos del último año se refleja ese notable descenso de las muertes. No obstante todavía quedan ítems por resolver como por ejemplo, en mayor medida para vehículos pesados, los famosos puntos muertos.

Una multa por exceso de velocidad, anulada por la justicia

Juzgados de Jaca.

Imagen de archivo de un edificio de juzgados / EP

Entre el paquete de medidas para mejorar la seguridad y recaudar más dinero está el endurecimiento de los radares, restando ese margen que se otorga por el posible error de cálculo del radar o de la aguja de los vehículos. Hasta el punto de sobrepasar los límites que establece la normativa de la Unión Europea.

Esto ha llevado a la anulación de una multa a una conductora de Madrid que había sido condenada a pagar 300 euros y perder dos puntos del permiso de conducir. La vía tenía un límite de 90 kilómetros por hora y el radar la captó a 121, es decir, 31 por encima del máximo permitido. Justo en la frontera entre la sanción más leve (100 euros y sin puntos) y la segunda más baja, que es la que le fue impuesta.

Tabla de las multas por exceso de velocidad según el límite permitido

Tabla de las multas por exceso de velocidad según el límite permitido / DGT

En este sentido la normativa europea fija un margen de error mínimo del 7%, que en caso de haber sido aplicado habría situado el exceso de velocidad en el escalón más bajo. Debido a ello el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo número 29 de Madrid se ha visto obligado a anular totalmente la multa por ser ilegal, sin dejar opción a la DGT de reducirla y hacer pagar a la conductora los 100 euros con los que debió haber sido sancionada. Un precedente clave para el futuro y todo un golpe a la estrategia del ente presidido por Pere Navarro.